sep 29 2010

Proponen ante Congreso divorcio administrativo

                                                •	El Colegio de Notarios  hizo la propuesta a la mesa técnica
•	Diputado Zepeda plantea que se condicione acudir primero a justicia alternativa   
•	Hermosillo, Son. 29 de septiembre de 2010.- Incluir el divorcio administrativo en el Código de Familia solicitó de manera oficial el Colegio de Notarios al Congreso del Estado, que adicionaría ésta opción al Título Quinto de dicho documento. 

El divorcio administrativo establece que si ambos cónyuges convienen divorciarse voluntariamente, son mayores de edad, no tienen hijos y no tuvieran bienes en común puedan realizar este trámite directamente ante el Oficial del Registro Civil.

El diputado Damián Zepeda Vidales, presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, indicó que el planteamiento será analizado por integrantes de La Comisión, con el resto del Código de Familia.

Sin embargo propuso que al mismo tiempo se valore y discuta la posibilidad de realizar un trámite intermedio, que condicione a la pareja a acudir al Centro deJusticia Alternativa para salvar el matrimonio.

Rafael Gastélum Salazar, presidente del Colegio de Notarios, dijo que es problema recurrente la falta de recursos para costear un divorcio y en casos en
                                            
                                                donde no existe materia de discusión, ni pensiones alimenticias, ni bienes que dividir, es una alternativa realizarlo directamente en el Registro Civil.

La figura de divorcio administrativo aplica cuando los consortes, que cumplan los requisitos antes mencionados, acudan ante el Oficial del Registro Civil del lugar de su domicilio, comprueban con  copias certificadas que son casados y expresan su voluntad de divorciarse.  El funcionario levantará un acta y citará a los cónyuges para que se presenten a ratificarla a los 15 días. Si acuden, el Oficial los declarará divorciados y registrará la anotación correspondiente en el acta de matrimonio anterior. 

Asimismo enviará copia a la oficina registral en donde se celebró el matrimonio. El divorcio así obtenido no surtirá efectos legales si se comprueba que los cónyuges tienen hijos o son personas menores de 18 años, incluso se establecen sanciones para este supuesto. Gastélum Salazar dio lectura al artículo 269 del Código de Familia de Baja California que regula este tipo de separación y también contempla sanciones para los cónyuges que incurran en falsedades durante este trámite.

El diputado Zepeda Vidales diferenció la propuesta de divorcio
                                            
administrativo que hoy se pone en la mesa, a la del llamado divorcio “unilateral sin causa” que ha sido polémico a nivel nacional.

“Son dos asuntos distintos, aquí se trata de personas que quieren un divorcio voluntario, no tienen hijos ni bienes y quieren hacer un trámite ágil y económico”, explicó.

“Quienes están a favor opinan que si el Oficial de Registro Civil está capacitado y tiene facultades para casar a las personas también lo debería ser para divorciar en estos casos específicos”, abundó. Empero, el legislador compartió la opinión de que el estado debe buscar garantizar el mantenimiento de la familia por lo que propuso a la mesa se valore y discuta junto con la propuesta un trámite intermedio, que condicione a la pareja a acudir al centro de justicia alternativa para salvar el matrimonio. 

“Con ello el Estado cumpliría con su objetivo de preservar el matrimonio la familia, en un esquema similar al del divorcio voluntario establecido en el Código de Familia”, finalizó.

Previamente, el ciudadano Oscar Serrato Félix, expresó su desacuerdo argumentando la falta de experiencia de los oficiales del Registro Civil en la materia y  el deber que tiene el Estado de tratar de preservar la familia.