nov 16 2010

Dan primera lectura a dictamen sobre derechos de pueblos indígenas

                                                Hermosillo, Son. 16 de noviembre de 2010.-La primera lectura al dictamen de lo que será la ley de derechos de los pueblos y comunidades indígenas de Sonora se dio por parte de la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso del Estado en la sesión de este martes, en la que se recibió, además, una iniciativa de reforma a la Ley de Tránsito del Estado de Sonora.

La sesión ordinaria, que inició con las comparecencias del secretario de Hacienda del Estado, Alejandro López Caballero, y del Vocal Ejecutivo de la Comisión Estatal del Agua, Enrique Martínez Preciado, tuvo una duración de ocho horas con 25 minutos.

Por ello la presidenta de la mesa directiva, diputada Flor Ayala Robles Linares, sometió al Pleno la aprobación de una prórroga justo al cumplirse las ocho horas que establece la Ley Orgánica del Poder Legislativo como tiempo límite para una sesión, misma que fue aprobada por unanimidad.

Durante la sesión correspondió a los diputados Bulmaro Pacheco Moreno, Faustino Félix Chávez,  Héctor Moisés Laguna Torres y Jorge Antonio Valdez Villanueva dar la primera lectura al proyecto de ley de derechos de los pueblos y comunidades indígenas de Sonora y al proyecto de decreto que reforma y adiciona disposiciones del Código Penal, la Ley de Desarrollo Social, la Ley de Fomento a la Cultura y las Artes, el Código Electoral, la Ley de Fomento al Turismo y la Ley que Crea la Comisión Estatal de Derechos Humanos, todas del Rstado de Sonora.

Esta iniciativa fue presentada por el diputado José Luis Germán Espinoza y el dictamen incluye aspectos de la que presentó el grupo parlamentario del PAN en la pasada Legislatura, así como las observaciones hechas por la Comisión para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), la
                                            
                                                Comisión para la Atención de los Pueblos Indígenas de Sonora (CAPIS) y el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas.

De aprobarse, esta ley reconocerá los derechos colectivos de los pueblos “konkaak (seri), hiak (yaqui), kickapoo (kikapú), kuapá (cucapá), macurawe (guarijío), o´ob (pima), tohono o’otham (pápago) y yorem maayo (mayo)”, así como a las demás etnias indígenas que, provenientes de otros Estados, residen en forma temporal o permanente dentro del territorio sonorense.

De acuerdo al proyecto de ley se reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como los legítimos propietarios y usufructuarios de las tierras que integran su territorio; se  establece que los indígenas tienen el derecho a ser asistidos por intérpretes y defensores que tengan conocimiento de su lengua y cultura; se crearán por parte del Supremo Tribunal de Justicia del Estado los Juzgados de Paz y Conciliación Indígena; el Estado garantizará la prestación del servicio de salud y promoverá de común acuerdo con los pueblos y comunidades indígenas, el uso de la medicina tradicional y alternativa, para lo cual registrarán y acreditarán a las personas que usen los métodos tradicionales y alternativos de salud.

De aprobarse, este proyecto de ley sustituirá a la Comisión de Atención a los Pueblos Indígenas (CAPIS) por una Comisión Estatal para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y establece la creación de un fondo conformado con el 1% del presupuesto que anualmente apruebe el Congreso del Estado para el Poder Ejecutivo, entre otros beneficios.

La segunda lectura del dictamen se dará el jueves 18 de noviembre.

Pide modificar la Ley de Tránsito para sancionar con precisión el estado de ebriedad de los conductores

En esta misma sesión, el
                                            
diputado David Secundino Galván Cázares presentó la  iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el artículo 81 de la Ley de Tránsito del Estado de Sonora, para que el estado de ebriedad en un conductor sea determinado mediante la práctica de un examen médico en el que se determine la disminución o afectación de las capacidades psicofisiológicas del individuo.

En la exposición de motivos se establece que “los estudios de laboratorio para la determinación de alcohol en líquidos o tejidos orgánicos, así como el uso del alcoholímetro que mide el alcohol espirado, sólo son indicadores de que la persona ingirió dicha sustancia (alcohol etílico), por lo tanto, la positividad en sus resultados no es determinante para diagnosticar un estado de ebriedad”.

La reforma modificaría el citado artículo para quedar como sigue:
“Se prohíbe a toda persona conducir un vehículo en estado de ebriedad o bajo la acción de drogas o sustancias que disminuyan su aptitud para conducir, aún cuando por prescripción médica esté autorizada para usarlas. Se considera que una persona se encuentra en estado de ebriedad, cuando así lo determine la práctica de un examen médico en el que se pruebe la disminución o afectación de sus facultades psicométricas, realizado por un médico competente quien podrá apoyarse en las herramientas de diagnóstico que considere necesarias”.

La iniciativa fue turnada para su análisis a la Comisión de Seguridad Pública de este Poder.

Después de ocho horas y 25 minutos de sesión, el diputado Bulmaro Pacheco Moreno pidió posponer la lectura del posicionamiento que estaba programado para este día, con lo que concluyó la sesión y la Presidenta citó a la siguiente para las 10:00 horas del jueves 18 de noviembre.