El diputado Alberto Natanael Guerrero López preside la Diputación Permanente.- Hermosillo, Son. 28 de diciembre de 2010.- La creación de la Secretaría del Trabajo y el lema “2011: Año de Eusebio Francisco Kino” para que sea colocado en toda la correspondencia oficial que generen los tres poderes del Estado y los 72 ayuntamientos de Sonora, aprobó este martes por unanimidad el Pleno del Congreso del Estado.
En la misma sesión se nombró además la mesa directiva para la Diputación Permanente que funcionará desde esta fecha y hasta al 31 de marzo de 2011 y que estará integrada por el diputado Alberto Natanael Guerrero López como presidente, y los legisladores Héctor Moisés laguna Torres como vicepresidente; Carlos Heberto Rodríguez Freaner como secretario, Jorge Antonio Valdez Villanueva y José Guadalupe Curiel como suplentes.
Como punto número 20 del Orden de Día de la sesión que inició el pasado 14 de diciembre se puso a consideración la iniciativa enviada por el titular del Poder Ejecutivo, para reformar la Ley Orgánica de dicho poder para crear la Secretaría del Trabajo en el Estado de Sonora dentro de la estructura del Gobierno estatal, misma que fue leída por el presidente de la Comisión de Asuntos del Trabajo en este Congreso, diputado Vicente Javier Solís Granados.
De acuerdo al dictamen se reforman los artículos 22, fracciones IX y X; 30, fracción, apartado A, fracción V y 33; asimismo, se derogan el apartado C y sus fracciones I y II del Artículo 23 y la fracción XI del apartado A del Artículo 30 y se adiciona la fracción XI al Artículo 22, todos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
En el Artículo 33 se le asignan a dicha instancia las facultades y obligaciones, entre otras el diseñar e implementar políticas,
programas y acciones que permitan el desarrollo de una cultura laboral que impulse la productividad y la competitividad para el mejoramiento de las condiciones de vida de los trabajadores, así como propiciar las medias de prevención de conflictos laborales, fomentando la armonía y respeto entre los factores de la producción.
Asimismo vigilar en el ámbito de su competencia, que los centros de trabajo cumplan con las disposiciones que les impone la Ley Federal del Trabajo y sus Reglamentos, aplicando las sanciones que en su caso correspondan en términos de normatividad aplicable.
Conducir y coordinar a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y a través de ésta, representar y asesorar a los trabajadores y a los sindicatos ante cualquier autoridad, resolver sus consultas jurídicas y representarlos en todos los conflictos que se relacionen con la aplicación de las normas de trabajo.
De igual forma establecer y dirigir el Servicio Estatal de Empleo y vigilar su funcionamiento, promover y llevar a cabo la certificación de competencias laborales, sin perjuicio de las atribuciones que en dicha materia corresponden a la Secretaría de Educación y Cultura; promover la creación de fuentes de empleo mediante el fomento del desarrollo de la industria y del comercio.
Asimismo se establece que en los casos de las atribuciones de las dependencias, que conforme a este Decreto se transfieran a la Secretaría del Trabajo, la reasignación deberá efectuarse incluyendo los recursos humanos, materiales y financieros que las dependencias hayan utilizado para el ejercicio de las atribuciones de que se trate.
Se establece que las Juntas Locales de Conciliación y Arbitraje como órganos desconcentrados de la Secretaría de Gobierno pasarán a formar parte de la Secretaría