jun 29 2011

Aprueban acuerdo en apoyo a maestros, reforma a Código de Familia y otros

                                                Hermosillo, Son. 29 de junio de 2011.- Diputados de la 59 Legislatura aprobaron un Acuerdo que exhorta al Poder Ejecutivo Estatal destine recursos comprometidos a la remodelación de clínicas en municipios de Plutarco Elías Calles y Empalme y la construcción de otra en Etchojoa, a la vez que destina recursos al fortalecimiento del aguinaldo de trabajadores de la educación pensionados y jubilados.

Además votaron a favor de los Decretos que reforman el artículo 29 del Código de Familia y el segundo párrafo del artículo 61 BIS de la Ley de Hacienda Municipal, relativos a garantizar a la protección de la vivienda familiar y el plazo de 30 días que tendrán los ayuntamientos para devolver el impuesto ejidal a los ejidos y comunidades rurales, respectivamente.

El diputado Gerardo Figueroa Zazueta dio lectura a la iniciativa con punto de Acuerdo presentada por los integrantes de la Primera Comisión de Hacienda, en donde explica que el 12 de junio de 2007 el ISSSTE estableció convenio para el pago atrasado del 2% que cubre por concepto de nomina al Gobierno del Estado, lo cual cumplió en diciembre de ese mismo año, pagando la cantidad de $47, 219,964.50.

En tanto, el Gobierno del Estado, convenía en la colaboración con dicho Instituto realizando obras por el 50% del finiquito, equivalente en $23, 609,982.25, comprendidas en remodelación y ampliación de las clínicas de medicina familiar de Plutarco Elías Calles (Sonoyta) y Empalme y la construcción de una Unidad similar en Etchojoa, por lo que se han realizado trámites ante diferentes dependencias, enviando por último el expediente a la Secretarías de Gobierno y de Hacienda.

Figueroa Zazueta señaló que los trabajadores de la educación federalizados en servicio cuentan con un concepto de compensación navideña, consistente en 25 días de salario pagados con la concurrencia estatal, los cuales se suman a los 40 días de aguinaldo del presupuesto federal. El legislador destacó la presencia de Fermín Borbón Cota, dirigente de la Sección 28 del SNTE en la sesión.

Después de cumplir con su vida laboral, la cual dedicaron al desarrollo de nuestro Estado, los trabajadores pasan al estatus de la jubilación o pensión y los 25 días de compensación navideña se dejan de percibir, por lo que se solicita el apoyo del Ejecutivo Estatal.

El Acuerdo que fue aprobado, exhorta al Poder Ejecutivo Estatal destine recursos comprometidos a la remodelación de clínicas en municipios de Plutarco Elías Calles y Empalme y la
                                            
                                                construcción de otra en Etchojoa, a la vez que destina recursos al fortalecimiento del aguinaldo de trabajadores de la educación pensionados y jubilados. Ello, tras las intervenciones a favor de los diputados Héctor Moisés Laguna Torres y Gorgonia Rosas López.

Reforman Código de Familia

Enseguida, el legislador Damián Zepeda Vidales leyó el contenido de la iniciativa elaborada por la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, con proyecto de Decreto que reforma el artículo 29 del Código de Familia para el Estado de Sonora.

El objetivo de la reforma es proteger y regular mediante esa figura especial de la protección del inmueble que ocupa la familia realizando una jurisdicción voluntaria y registro en el Instituto Registral y Catastral del Estado, aun cuando el bien sea propiedad de uno solo de los cónyuges o concubinos, sin que afecte la actividad inmobiliaria y quedó como sigue.

“Artículo 29.- El hombre y la mujer mayores de edad, tienen capacidad para administrar y disponer de sus bienes propios, ejercitar las acciones u oponer las excepciones que a ellos correspondan, sin necesidad de autorización del otro cónyuge o concubino, pero cuando la casa que sirva de habitación a la familia sea bien propio de uno de ellos, no podrá ser enajenada ni gravada sin autorización de ambos.

A fin garantizar este aspecto del derecho de alimentos, es necesario que el cónyuge o concubino interesado, tramite por vía judicial o notarial, una jurisdicción voluntaria para acreditar que habitan la casa y registren la resolución o testimonio notarial en la oficina del Instituto Registral y Catastral del Estado de Sonora que corresponda, caso en el cual será necesaria la autorización del otro cónyuge o concubino, para vender o gravar dicho inmueble. En ausencia de dicha inscripción, el propietario podrá disponer libremente del mismo”.

Mandan a segunda lectura  regulación de gasolineras

Posteriormente, el diputado David Cuauhtémoc Galindo Delgado presentó la iniciativa de Decreto que adiciona un artículo 122 BIS a la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, con el fin de fortalecer la seguridad y el interés público, proteger el medio ambiente y regular la instalación de las estaciones de servicio denominadas “gasolineras”.

Entre otras disposiciones, el artículo 122 BIS establece que: Las estaciones de servicio con venta directa al público o de autoconsumo, cumplirán con las disposiciones en materia de protección civil, ambiental, de
                                            
seguridad y demás legislación aplicable, y se ubicarán a una distancia de, cuando menos, 1,000 metros en forma radial una de otra, dentro de zona urbana.

Asimismo, el predio deberá ubicarse a una distancia mínima de resguardo de 300 metros radiales de centros de concentración de personas tales como escuelas, hospitales, centros de desarrollo infantil o guarderías y de 150 metros radiales, respecto de mercados, cines, teatros, centros de culto religioso, auditorios, así como en cualquier otro sitio, en el que exista una concentración de cien o más personas de manera habitual o transitoria.

El dictamen presentado por la Comisión de Presupuestos y Asuntos Municipales no alcanzó la votación necesaria para dispensársele el trámite de segunda lectura, por lo que será incluido en la próxima sesión. 

Al respecto, intervinieron los legisladores David Galván Cázares, Zepeda Vidales y Galindo Delgado quienes consideraron necesario analizar con mayor detenimiento el contenido del documento, en tanto los diputado Bulmaro Andrés Pacheco Moreno y César Augusto Marcor Ramírez consideraron urgente abordar el asunto ya que cubre un gran vacío legal. 

Establecen plazo para regresar impuesto ejidal

El diputado Marco Antonio Ramírez Wakamatzu dio lectura a la iniciativa con proyecto de Decreto que reforma el segundo párrafo del Artículo 61 BIS de la Ley de Hacienda Municipal, que determina para los ayuntamientos un plazo de 30 días naturales siguientes al de la recaudación correspondiente, para  devolver el 50%  del impuesto predial captado a los ejidos y comunidades rurales.

El legislador Enrique Reina Lizárraga presentó un voto particular de los diputados del Partido Acción Nacional, PAN, que forman parte de la Comisión, Alejandra López Noriega, presidenta y secretario Galván Cázares, en el sentido de rechazar su contenido dado que puede ser objeto de controversia constitucional.

Reina Lizárraga hizo referencia a jurisprudencia constitucional en la materia, argumentando que el Poder Legislativo no puede establecer el destino de los recursos de los ayuntamientos por un principio de libre administración hacendaria. Además que el propio impuesto predial al ser tasado en función al valor de la producción  en vez del valor del predio, puede ser también  otro acto inconstitucional.

Tras obtener la dispensa del trámite de segunda lectura, el Decreto que reforma el segundo párrafo del artículo 61 BIS, fue aprobado por el Pleno de la 59 Legislatura.