sep 14 2012

Aprueba la Permanente enviar a publicación la Ley número 167

                                                Hermosillo, Son. 14 de septiembre de 2012.- La Diputación Permanente aprobó enviar para su publicación la Ley número 167, que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora, con el fin de dar congruencia a la denominación del organismo electoral, pasando de Consejo Estatal Electoral a Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

En sesión ordinaria también fue aprobada la convocatoria de la comisión instaladora a los diputados que integrarán la LX Legislatura del Congreso del Estado, a la junta preparatoria y posterior instalación de la misma, a celebrarse a las cero horas del 16 de septiembre del año en curso, en el recinto que ocupa el salón de sesiones de esta Soberanía.

Al hacer un balance al cierre de la LIX Legislatura, el diputado Félix Rafael Silva López, presidente de la mesa directiva, destacó la aprobación de 250 leyes, 130 decretos de reforma y 280 acuerdos.

El Presidente de esta Soberanía cedió el uso de la voz al diputado César Augusto Marcor Ramírez, secretario suplente, para que diera lectura a la propuesta con punto de Acuerdo en relación al cómputo de votos de la aprobación o rechazo de la Ley número 167, que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora.

Expuso que el 27 de octubre de 2011, los integrantes de la LIX Legislatura aprobaron la Ley número 167, que reforma diversas disposiciones de la Constitución Política del Estado de Sonora, con el fin de dar congruencia a la denominación del organismo electoral, pasando a ser Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana.

La Ley número 167 establece en su Artículo Primero Transitorio, que entrará en vigor el día
                                            
                                                siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado, previo cómputo que se realice de la aprobación o rechazo, en su caso, que emitan los ayuntamientos del Estado, a quienes se les notificó el contenido de la citada Ley para que estuvieran en condiciones de emitir el sentido de su voto conforme a lo dispuesto por el Artículo 163 de la Constitución Política del Estado de Sonora.

A la fecha a este Poder se le notificó la aprobación por parte de 37 ayuntamientos sin que se registrara pronunciamiento en contra, por lo que la Diputación Permanente concluyó se han cubierto los requisitos que establece el Artículo 163 de la Constitución Política del Estado de Sonora y, para dar continuidad al proceso legislativo derivado de dicha modificación constitucional, resulta procedente resolver enviar para su publicación en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado el contenido de la misma, agregó.

Posteriormente el mismo legislador dio lectura a la convocatoria de la Comisión Instaladora a los diputados que integrarán la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora, a la junta preparatoria y posterior instalación de la misma, a celebrarse a las cero horas del 16 de septiembre, en el recinto que ocupa el salón de sesiones de esta Soberanía.

La Comisión instaladora la integran los diputados Félix Rafael Silva López, presidente; Reginaldo Duarte Íñigo, vicepresidente; Jesús Alberto López Quiroz, secretario; José Guadalupe Curiel y César Augusto Marcor Ramírez, suplentes.

El procedimiento será el siguiente:

1.	Pase de lista de los integrantes de la Comisión Instaladora.
2.	Lectura de convocatoria emitida por la Comisión Instaladora para la sesión de instalación
                                            
de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora.
3.	Informe sobre el cumplimiento de funciones que la Ley Orgánica del Poder Legislativo le impone a la Comisión Instaladora.
4.	Designación de la comisión protocolaria para introducir a los invitados especiales al salón de sesiones.
5.	Pase de lista de los ciudadanos que integrarán la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora.
6.	Toma de protesta constitucional de los diputados de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora.
7.	Declaración formal de instalación de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora.
8.	Designación de la comisión protocolaria que acompañará a los invitados especiales en su salida del salón de sesiones del Congreso del Estado de Sonora.
9.	Designación de la mesa directiva que desempeñará sus funciones durante el mes de septiembre de 2012.
10.	Acto mediante el cual, el Presidente de la Comisión Instaladora entrega a la Presidencia de la mesa directiva, los documentos relativos al proceso de entrega-recepción del Poder Legislativo.
11.	Conclusión de funciones de la Comisión Instaladora.
12.	Acto mediante el cual, la Presidencia del Congreso del Estado remite el expediente de entrega-recepción al Instituto Superior de Auditoría y Fiscalización.
13.	Iniciativa de Decreto que presenta la Presidencia del Poder Legislativo, mediante el cual se inaugura el Primer Periodo de Sesiones Ordinarias correspondientes al primer año de ejercicio constitucional de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora.
14.	Informe sobre la constitución de grupos parlamentarios que conformarán la LX Legislatura del Congreso del Estado de Sonora.
15.	Clausura de la sesión y citatorio para la próxima.