Hermosillo, Son. 13 de octubre de 2015.- Por considerar que es tiempo de que las oportunidades de empleo sean iguales para todos y que la capacidad intelectual sea lo que realmente influya en la toma de decisiones, el Congreso del Estado resolvió enviar un exhorto a la titular del Poder Ejecutivo estatal, a fin de que verifique que en su plantilla de recursos humanos, cuando menos el 2% sea ocupada por personas con discapacidad.
El Acuerdo fue aprobado por unanimidad del Pleno, con base a una propuesta del grupo parlamentario del PRI, que establece que dichas personas deberán acreditar la aptitud necesaria para desempeñar un puesto dentro de sus dependencias y, en su caso, éstas realicen las acciones que legalmente resulten competentes para dar cumplimiento a lo previsto en el Artículo 73, párrafo segundo, de la Ley de Integración Social para Personas con Discapacidad.
Esta disposición previene que los municipios deberán destinar, para su ocupación, un 2% de su plantilla laboral a aquellas personas con discapacidad que acrediten la aptitud necesaria para desempeñar un puesto dentro de sus dependencias.
“Es tiempo de dejar de asociar discapacidad con incapacidad, es tiempo de eliminar las barreras físicas y culturales que impiden a personas con discapacidad tener acceso a las oportunidades que el resto o la mayoría de la población tiene”, leyó ante el Pleno el diputado Omar Alberto Guillén Partida.
El exhorto dirigido a los 72 municipios es para que, en el ámbito de sus atribuciones, implementen programas y esquemas en beneficio de los derechos de las personas con discapacidad, incluidos aquellos que premien o recompensen los esfuerzos del empresariado y la ciudadanía en general, en materia de respeto y promoción de los derechos de los discapacitados.
Otro de los resolutivos del Acuerdo exhorta a la Comisión Estatal de Derechos Humanos para que, en el ámbito de sus
atribuciones, verifique que las actuaciones de los servidores públicos se enmarquen en el pleno respeto a los derechos humanos de las personas con discapacidad.
Agrega que, con fundamento en lo previsto por el Artículo 155 Bis de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, las autoridades indicadas emitan una respuesta por escrito, fundada y motivada, dirigida al Congreso del Estado, en un plazo de quince días contado a partir del día siguiente en que se les notifique el contenido del Acuerdo, o en caso de disentir del sentido del resolutivo emitido por esta Soberanía, emitan una respuesta que consideren procedente.
Un segundo Acuerdo con exhorto dirigido a la titular del Ejecutivo estatal es para que emita el reglamento de la Ley de las y los Jóvenes del Estado de Sonora, normatividad con la que Sonora se unió a las 21 entidades federativas que ya cuentan con su legislación en materia de juventud y se fortaleció al Instituto Sonorense de la Juventud, normando su actuar y dotándolo de facultades necesarias para el cumplimiento de los objetivos plasmados en la Ley.
Además de que dicha legislación permitió normar lo necesario para elaboración y establecimiento de políticas públicas de atención integral para los jóvenes; se establecieron con claridad los derechos y obligaciones de ellos; se vinculó a los municipios para implementar acciones y programas que beneficien al citado sector, y se formalizó el Premio Estatal de Juventud, establece la iniciativa presentada por la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política.
La Ley de las y los Jóvenes del Estado de Sonora entró en vigor el 23 de diciembre de 2014, en cuyo Artículo Primero Transitorio señala que el plazo para que el Ejecutivo expida el reglamento respectivo termina el 20 de febrero de 2015, situación que a la fecha no ha acontecido, leyó la diputada Teresa María Olivares Ochoa, razón por la que se hace