Hermosillo, Son., marzo 13 de 2018.- Bajo la premisa de que todo Estado aspira a actuar con justicia pronta y expedita, la LXI Legislatura reformó los códigos de Procedimientos Civiles y el Penal para el Estado de Sonora, mediante decretos que posibilitarán que las sucesiones testamentarias se realicen de manera ágil, y se incrementen las penalidades a quienes incurran en el delito de abigeato, respectivamente.
En el primero de los casos se trata del dictamen presentado por la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, con proyecto de Decreto que adiciona diversas disposiciones al Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, con base a una iniciativa presentada el pasado 8 de enero por la titular del Poder Ejecutivo estatal.
De acuerdo a la exposición de motivos del proyecto al que dio lectura el diputado Omar Alberto Guillén Partida, la Gobernadora del Estado sustentó su propuesta en la necesidad de que las sucesiones testamentarias e intestamentarias puedan ser tramitadas, desde su inicio, ante Notario Público, para de esta manera lograr una tramitación ágil y expedita, lo que posibilitará reducir la gran carga de trabajo que para los tribunales Civiles y Familiares del Estado representan este tipo de juicios.
“Los tribunales jurisdiccionales del Estado únicamente conocerán y resolverán sobre sucesiones en las que los herederos o legatarios, de manera expresa así lo deseen; que exista controversia entre los herederos o legatarios; o bien, que intervengan menores de edad o incapaces, situaciones en las que indudablemente debe prevalecer el orden público y el interés del Estado de tutelar a las personas que por su condición requieren de su intervención”, estableció la titular del Ejecutivo.
Por su parte la dictaminadora dio a conocer que, de la revisión y análisis realizado al proyecto, se advierte que también constituye una estrategia legislativa para eficientar y agilizar la impartición de justicia por parte de los juzgados del Estado, en específico los Familiares, los cuales cuentan con muchos juicios pendientes de resolver dado el gran volumen de trabajo que tienen.
El Decreto reforma los artículos 768, 829, 832 y 833, y deroga los artículos 830 y 831, todos del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Sonora, en tanto el segundo Decreto aprobado reforma los artículos 312, párrafos primero y segundo; 312 BIS y 313, párrafo primero, todos del Código Penal para el Estado de Sonora.
Este último proyecto, que se fundamenta en una iniciativa presentada por los diputados Rodrigo Acuña Arredondo, Rafael Buelna Clark y Fermín Trujillo Fuentes, establece el aumento
de las sanciones, de seis a 15 años de prisión y multa de 200 a 450 Unidades de Medida y Actualización, a quienes incurran en el delito de abigeato.
Actualmente el Código Penal impone a los infractores una pena de cuatro a diez años de prisión, y multa de 40 a 300 Unidades de Medida y Actualización, para lo cual la Comisión de Justicia y Derechos Humanos verificó un comparativo presentado por los promoventes, para llegar a la conclusión de que las penas de la Ley sustantiva están muy por debajo de la media que sanciona el delito de abigeato en otros estados que practican la actividad ganadera, como lo son Veracruz, Baja California, Chihuahua, Durango, Sinaloa y Tabasco.
Los legisladores que presentaron la iniciativa concluyeron que la legislación penal contempla sanciones diferidas dependiendo del tipo de ganado de que se trate, por lo que en algunos casos se aplica una penalidad mayor por la comisión de dicho ilícito, en relación con la pena que se aplica por el mismo delito, pero tratándose de otro tipo de ganado.
“Es por todo lo anterior que consideramos de suma importancia para todos los propietarios de ganado, actualizar la norma penal para establecer igualdad de condiciones para todo el sector y brindarles la protección necesaria que les permita conservar sus animales, en virtud de que, en mayor o menor medida, representan medios de subsistencia para ellos y sus familias, a través de una actividad productiva que les permite contribuir a su comunidad y, en general, a todo el Estado”, expusieron.
Exhortan a garantizar derecho humano de acceso a la salud
En esta sesión ordinaria, el Pleno aprobó el Acuerdo por el cual este Poder Legislativo resuelve exhortar a diversas autoridades del Estado y de la Federación, para garantizar el derecho humano de acceso a la salud en beneficio de los habitantes de las poblaciones rurales del Estado, ya que de acuerdo al Consejo Estatal de Población, COESPO, mueren, proporcionalmente, más mujeres y hombres en la región Centro y Sierra, que en el resto del Estado.
A nombre propio y de la diputada Teresa María Olivares Ochoa, el diputado Fermín Trujillo Fuentes expuso que de los 72 municipios, 50 son considerados rurales, lo que habla del enorme reto que se tiene en materia de provisión de servicios, ya que sin excepción, en todos se encuentra la misma inequidad en la facilidad a su acceso oportuno y permanente.
Agregó que debido a la extensión territorial del Estado, ha sido necesario construir las jurisdicciones sanitarias, las que tienen por objeto planear, coordinar, supervisar y evaluar la prestación de los servicios de atención médica y de salud