Hermosillo, Son., abril 17 de 2018.- Porque la participación ciudadana en las acciones de gobierno es de vital importancia, especialmente dentro del Sistema Estatal Anticorrupción, la LXI Legislatura aprobó modificaciones a la Constitución local a efecto de que las opiniones de la sociedad sonorense sean valoradas para el nombramiento del Secretario de la Contraloría General del Estado.
Por tratarse de una figura del ejercicio público que controla y vigila el cumplimiento de los procedimientos administrativos y presupuestales de los servidores públicos, para que se atienda efectivamente a los intereses de los ciudadanos, la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales dictaminó esta Ley que será enviada a los 72 ayuntamientos para que entre en vigor una vez aprobada por la mitad más uno de los cabildos.
Además de la adición de un Artículo 81-B relativo a la figura del Contralor, el Pleno aprobó reformar el segundo párrafo del Artículo 135 de la norma local, a efecto de que el nombramiento del titular del sistema administrativo interno de control y evaluación de los ayuntamientos se haga previa valoración de las opiniones de la sociedad del Municipio correspondiente.
La dictaminadora estableció que ese importante derecho ciudadano debe quedar plasmado en la Constitución Política del Estado de Sonora, al igual que se ha hecho con el resto de los ordenamientos secundarios que forman la base jurídica del Sistema Estatal Anticorrupción, los cuales encuentran su fortaleza legal en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
“En razón de lo anterior, es correcto abrir espacios para la participación ciudadana en los procedimientos en los que se designe a las personas encargadas de velar por el interés de la sociedad en el ejercicio público, tanto en el Estado como en los municipios, con la finalidad de otorgarle a los contralores la legitimidad que demanda la sociedad para este tipo de servidores públicos”, destaca uno de los considerandos del dictamen.
Agrega que la Secretaría de la Contraloría del Estado juega un papel preponderante en el SEA, al igual que los órganos de control y evaluación gubernamental, por lo cual el objeto del Sistema es establecer las bases de coordinación entre los poderes del Estado, los municipios, los órganos autónomos, las instituciones y los entes públicos, para que las autoridades competentes prevengan, detecten y sancionen las faltas administrativas y los hechos de corrupción.
En la ordinaria de hoy también se aprobó el Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo del Estado de Sonora para armonizarla con lo que establece la Ley Estatal de Responsabilidades en materia de control y evaluación de las dependencias y entidades paraestatales, en virtud de que dicha función estará a cargo de los órganos internos de control y ya no de los órganos de control y desarrollo administrativo.
“El rol que desempeñarán los órganos de control jugará un papel muy importante para la investigación de posibles actos de corrupción por parte de los servidores públicos, lo cual influirá, al final del día, en la imposición de las sanciones que correspondan a los infractores de la Ley. De ahí la importancia de realizar los ajustes a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo”, dieron a conocer las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales, y de Fiscalización.
Mediante este Decreto se fortalece la operatividad legal del Sistema Estatal Anticorrupción, aunado a un sinnúmero de leyes y decretos que ya han sido aprobados por esta Soberanía para formar el marco jurídico estatal en materia de combate a la corrupción, de manera acorde al mandato de la Constitución Federal.
El Decreto, que se elaboró con base a la propuesta del grupo parlamentario del PRI, reforma los artículos 26, Apartado A, fracción III y Apartado C, fracciones IV, IX y X; 57, párrafos primero y cuarto; 59 y la denominación del Capítulo IV del Título Tercero; y se adicionan las fracciones XI y XII al Apartado C del Artículo 26, todos de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Sonora.
Y para implementar un protocolo de reutilización, reciclaje y reducción en oficinas públicas de todos los niveles de gobierno en sus tres ramas, donde se establezcan consejos y recomendaciones para reducir, reutilizar y reciclar residuos en el área de trabajo, lo que ayudará a crear una mayor concientización, el Pleno aprobó el Decreto que adiciona una fracción XIX al Artículo 144 de la Ley del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente del Estado de Sonora.
“No queda duda alguna que es necesario que emprendamos acciones positivas para atacar el problema de la contaminación y esto no es sólo responsabilidad de los ciudadanos, sino también de nuestros gobiernos. De nada sirve que las autoridades ambientales verifiquen si las personas estamos contaminando el medio ambiente y los ecosistemas con nuestras actividades cotidianas, si las autoridades no hacen lo propio para evitar la contaminación”, establece uno de los considerandos.
El dictamen presentado por la Comisión de Energía, Medio Ambiente y Cambio Climático hace referencia a que no hace mucho