sep 10 2020

Modifican en comisiones leyes de Servicio Civil y de Salud estatal

                                                Hermosillo, Son., septiembre 9 de 2020.- Los diputados integrantes de las comisiones de Salud y Asuntos del Trabajo, en forma unida, aprobaron con modificación el proyecto de dictamen de Decreto que adiciona un Artículo 26 Bis a la Ley del Servicio Civil y el proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Ley del Servicio Civil, que establece un día que puedan destinar al año los trabajadores estatales para estudios de detección de cáncer de mama, cervicouterino y de próstata.

Enseguida recibieron por parte de José Ricardo Espinoza Castro, subsecretario médico de la Secretaría de Salud, información relativa a la situación actual en Sonora del COVID-19: Únicamente los diputados integrantes de la Comisión de Salud continuaron los trabajos y aprobaron con modificación el proyecto de dictamen de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Salud para el estado de Sonora, que establece fortalecer el derecho de acceso a la salud,  profesionalizando a quienes ejercen la medicina alternativa.
 
El diputado Filemón Ortega Quintos, presidente de la Comisión de Salud, sometió a consideración el proyecto de dictamen de las iniciativas presentadas por los diputados Rogelio Manuel Díaz Brown Ramsburgh y María Alicia Gaytán Sánchez, las cuales contienen, respectivamente, proyecto de Decreto que adiciona un Artículo 26 Bis a la Ley del Servicio Civil, y proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones a dicha legislación. 
 
De acuerdo al proyecto de dictamen, la adición a la Ley del Servicio Civil queda como sigue: Artículo 26 BIS. - Todos los trabajadores, tanto hombres como mujeres, gozarán del permiso de un día al año, con goce íntegro de su sueldo, para someterse a la realización de exámenes médicos de detección oportuna de cáncer,
                                            
                                                particularmente de mama, cervicouterino y de próstata, así como cualquier otra enfermedad crónica que determine la Secretaría de Salud Pública.
 
Para justificar el permiso laboral al que se refiere este Artículo, se deberá presentar el certificado médico correspondiente expedido por una institución de salud pública o privada.
 
Asimismo, la madre o padre trabajador del servicio civil que tenga una hija o hijo menor de 18 años que haya sido diagnosticado con cáncer de cualquier tipo o enfermedad terminal por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Sonora, podrá gozar de una licencia para cuidados médicos de los hijos y ausentarse de sus labores en caso de que el menor diagnosticado requiera de descanso médico en los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento, de acuerdo a la prescripción del galeno tratante, incluyendo, en su caso, el destinado al alivio del dolor y los cuidados paliativos.
 
En ese sentido, el diputado Carlos Navarrete Aguirre solicitó una modificación al proyecto de dictamen, para eliminar el inciso c) del cuarto párrafo al Artículo 38 de la Ley de Servicio Civil, para establecer que, si la hija o hijo menor de edad diagnosticado cumple la mayoría de edad en el transcurso de los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización durante el tratamiento médico, continuará con la vigencia de la licencia otorgada a padres y madres trabajadores.
 
Acto seguido, José Ricardo Espinoza Castro dio a conocer los pormenores de la situación actual sobre la capacidad hospitalaria, la distribución de morbilidad por institución de salud, los contagios y las defunciones derivadas de la pandemia.
 
En este punto los legisladores cuestionaron al funcionario estatal sobre las medidas que se tomarán
                                            
por parte del sector salud ante la época de Invierno, el problema que representan el dengue, la influenza y un posible rebrote por COVID-19, así como por obras del sector salud correspondientes a los municipios del distrito 18 local.
 
El funcionario respondió que no se deben de cambiar o relajar las medidas que se tienen respecto a la higiene y seguridad para prevenir los contagios por COVID-19; para el caso de la época invernal consideró importante la prevención y descacharrización en los hogares para prevenir también el dengue y la influenza, y agregó que oportunamente se hará llegar la información respecto a las obras y necesidades en el distrito 18 local.
 
El diputado Ortega Quintos puso a consideración el proyecto de la iniciativa presentada por la diputada Miroslava Luján López, con proyecto de Decreto que reforma diversas disposiciones de la Ley de Salud para el Estado de Sonora.
 
La diputada Luján López solicitó el uso de la voz para exponer una modificación a la iniciativa que responde a la socialización de la misma y a la retroalimentación con autoridades correspondientes, así como las observaciones de Comisión Estatal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Coesprisson), a fin de integrar la medicina tradicional en la legislación local.
 
Para tales efectos, agregó, las secretarías de Educación y Cultura y de Salud, realizarán los acuerdos de coordinación necesarios con las autoridades federales correspondientes, a fin de reconocer, respetar y promover el desarrollo y ejercicio de la medicina tradicional indígena en Sonora, todo lo anterior, dijo, en apego a lo que señala el Artículo 93 de la Ley General de Salud.

Las iniciativas aprobadas serán enviadas a la Comisión de Régimen Interno y Concertación Política para que sean incluidas en una próxima sesión de Pleno.