may 8 2008

Turna Presidencia a comisiones iniciativa con proyecto de ley de reforma al Código Electoral

                                                Hermosillo, Son. 8 de mayo de 2008. - A las comisiones Primera y Segunda de Gobernación y Puntos Constitucionales fue turnada este día por la Presidencia, la iniciativa presentada por los grupos parlamentarios del PRD, del PAN por la Transparencia y la representación parlamentaria del PT, con proyecto de ley que reforma, deroga y adiciona diversas disposiciones del Código Electoral para el Estado de Sonora.

Los diputados autores de la propuesta proponen adecuar la legislación electoral local para hacerla acorde a las disposiciones que, en materia electoral, fueron reformadas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el pasado mes de noviembre de 2007.

Exponen en su iniciativa que de esta manera se pretende sentar las bases normativas que regulen los procesos electorales en el País y entre los aspectos más relevantes que se contemplan actualmente en la Constitución Federal, como consecuencia de la citada reforma, hacen énfasis en diversos aspectos que prevén retomar para modificar el Código Electoral para el Estado de Sonora:

•	Con el propósito de romper los vínculos entre los partidos políticos y las agrupaciones gremiales queda prohibida la intervención de estas organizaciones en la creación de partidos, así como cualquier forma de afiliación corporativa.
•	Para contar con reglas más claras y precisas para la determinación del financiamiento público de las campañas electorales, así como una seria restricción al financiamiento privado de partidos.
•	Durante el tiempo que comprendan las campañas electorales federales y locales, y hasta la conclusión de la respectiva jornada comicial, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, así como de los municipios.
•	Los principios de certeza, imparcialidad, independencia, legalidad y objetividad serán los rectores
                                            
                                                de la función electoral.
•	Se establezca el derecho exclusivo de los partidos políticos para registrar candidatos a cargos de elección popular.
•	Las autoridades jurisdiccionales electorales gocen de autonomía en su funcionamiento e independencia en sus decisiones.
•	Se prohíba la participación de organizaciones gremiales en la constitución de partidos políticos y la afiliación corporativa.
•	Se establezcan específicamente los casos en los cuales las autoridades electorales pueden intervenir en asuntos internos de los partidos.
•	Se establezcan los topes para campañas y precampañas en los términos de la Constitución Federal.
•	Se instituyan bases obligatorias en materia de convenios entre las autoridades electorales locales y el Instituto Federal Electoral para efecto de la fiscalización de partidos políticos.
•	Se fijen expresamente las causales de nulidad de elecciones de Gobernador, diputados locales y ayuntamientos.
•	Se establezcan los delitos electorales y las sanciones que deberán recaer a los mismos.

Otras propuestas
En materia de financiamiento público de partidos políticos, la iniciativa establece nuevos criterios para la determinación de dichos recursos, similares a los que dispone la Constitución Federal, vinculando su cálculo al monto  del Salario Mínimo y al padrón de electores del Estado.

En lo relativo al acceso a los medios de comunicación se establece la obligación de regular este aspecto conforme a las bases que dispone el Artículo 41 de la Constitución Federal, conforme a las cuales corresponde exclusivamente al Instituto Federal Electoral regular esta materia.

En materia de propaganda electoral se reconoce la prohibición de las campañas negras que denigren a partidos o candidatos y se regula en lo relativo a establecer restricciones precisas para que las autoridades electorales puedan inmiscuirse en asuntos internos de los partidos políticos en el
                                            
Estado, para lo cual se propone establecer un listado de aquellos aspectos que se consideran como internos de un partido político.

Adicionalmente se incluyen propuestas como la práctica de exámenes toxicológicos como requisito previo para el registro de candidatos y se establecen de manera detallada las infracciones que al Código Electoral podrán incurrir los partidos políticos, agrupaciones políticas nacionales, aspirantes, precandidatos y candidatos ciudadanos o personas físicas o morales, autoridades de cualquier instancia de gobierno, notarios públicos, extranjeros, entre otros.

Resuelven sobre petición ciudadana
En la sesión de este día se aprobó el dictamen presentado por la Segunda Comisión de Examen Previo y Procedencia Legislativa, con punto de Acuerdo en relación con el escrito presentado por el consejo directivo de la asociación civil denominada “Tribunal Ciudadano”.

Dicha agrupación había manifestado su crítica ante el posible proceso de certificación ISO 9001-2000, el cual pretende suscribir el Instituto de Seguridad Social al Servicio de los Trabajadores del Estado de Sonora, ISSSTESON, por lo que solicitaban que esta Legislatura se informara de manera transparente sobre las cantidades que se pretenden destinar para ese fin.

El Acuerdo establece no es de tomarse en consideración el escrito referido, en virtud de que, si los peticionarios están interesados en conocer los recursos públicos que se destinen para el proceso antes citado, pueden solicitar dicha información conforme a su derecho consagrado en los artículos 6to de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2do de la Constitución Política del Estado de Sonora y 38 de la Ley de Acceso a la Información Pública.

En caso de que el sujeto obligado se negare a proporcionar la información, los solicitantes podrán interponer los recursos que la misma Ley prevé para tal efecto, dice el dictamen.