nov 15 2006

Aprueban reforma a Ley de Ingresos de Hermosillo

                                                Hermosillo, Sonora, 15 de noviembre de 2006.- El Congreso del Estado aprobó reformas a la ley de ingresos del Ayuntamiento de Hermosillo, a fin de que aplique el programa de abatimiento de rezago fiscal municipal, estimulando el pago mediante reducciones diversas de recargos.

El programa con vigencia de tres meses busca abatir o reducir significativamente el rezago fiscal existente otorgando una reducción total o parcial de recargos, intereses u otros accesorios en créditos fiscales con adeudos a fin de fortalecer la Hacienda Pública mediante la captación de mayores ingresos que se traducirán en obras y mejoramiento de servicios.

El diputado Próspero Ibarra Otero, presidente de la Octava Comisión de Presupuestos Municipales, leyó el proyecto de Decreto cuyo contenido fue analizado por los legisladores, en específico el que tengan adeudos el 49% de las cuentas registradas en el sistema de recaudación, que comprende 884 mil 498 contribuyentes.

Al 31 de agosto de este año, el saldo de cuentas por cobrar en el rubro de ingresos del Ayuntamiento local presenta un importe total de 1, 291´ 872, 202. 00, de los cuales el 30% corresponde a base de rezago que afecta al gobierno.

A fin de aumentar la recaudación fiscal, en el caso del impuesto predial urbano, impuesto predial rústico e impuesto sobre traslación de dominio recibirán una reducción del
                                            
                                                90% en los recargos e intereses durante el primer mes del programa, 80% en el segundo mes y un 70% en los recargos e intereses durante el tercer mes.

En multas de tránsito y administrativas, no incluye multas federales fiscales y no fiscales, se aplicará una reducción total de recargos o intereses, más el 50% en la base del importe.

En adeudos derivados de documentos por cobrar, derechos y cheques devueltos se otorgará un descuento del 90% en recargos e intereses el primer mes; 80% el segundo y del 705 el último mes de vigencia.

El Ayuntamiento, por conducto de Tesorería Municipal aplicará los beneficios del programa al pactarse el pago total del adeudo en oficinas o módulos de recaudación.

Los diputados de la LVIII Legislatura analizaron y debatieron el contenido del documento y en su oportunidad los legisladores Petra Santos Ortiz y Juan Manuel Sauceda expresaron que debían otorgarse más días para su revisión y que la reforma a la Ley podría generar inconformidad entre algunos contribuyentes cumplidos, respectivamente.

Los diputados Carlos Daniel Fernández Guevara y José Salomé Tello Magos puntualizaron que los ayuntamientos determinan los mecanismos para incentivar la recaudación como es este programa que beneficia además a los contribuyentes con adeudos en diferentes rubros.

El diputado Ibarra Otero argumentó que esta Soberanía debe
                                            
respetar las decisiones de Cabildo, en este caso de Hermosillo. Al respecto, Sauceda Morales insistió en que las leyes de ingresos tienen vigencia de un año y debe atenderse sobre criterios de funcionarios o diputados.

Intervinieron también los representantes populares Fernando Morales Flores, Guillermo Peña Enríquez y Francisco García Gámez, para finalmente someter a votación del Pleno el documento y fue votado a favor.

En la sesión de hoy también se aprobó el Acuerdo que resuelve no es de tomarse en consideración el escrito remitido por Bertha Emilia Tánori Sánchez, directora general de Responsabilidades y Situación Patrimonial de la Secretaría de la Contraloría General del Estado de Sonora, que contiene una denuncia de ciudadanos de Huatabampo.

Los ciudadanos Adela Nieblas Picos, Nelly clarisa Ceceña Alcantar, Manuel Cota Ruiz y Genaro González Agramón presentaron una denuncia y se apliquen sanciones administrativas y penales al Presidente Municipal Síndico y Secretario del citado Ayuntamiento del periodo 2003-2006.

El recurso fue desechado porque no es competencia del Congreso del Estado el establecimiento de responsabilidades administrativas a los funcionarios de los ayuntamientos, además resulta improcedente la responsabilidad penal porque el periodo constitucional del citado órgano y sus funcionarios culminó el pasado 15 de septiembre.