feb 16 2010

Analizarán iniciativa para regresar facultad sobre tarifas al Ejecutivo

                                                Hermosillo, Son. 16 de febreri de 2010.-Por considerar que el Congreso no es un órgano técnico facultado para analizar el transporte público y que para autorizar la tarifa de este servicio se requiere un estudio de la SIDUR, el diputado Faustino Félix Chávez presentó una iniciativa para regresar esta facultad al Ejecutivo.


Durante la sesión de la Diputación Permanente de este martes, el Presidente de la mesa directiva, diputado Félix Chávez, dio lectura  a la iniciativa que modifica la Ley 149, que permitiría, de aprobarse, trasladar de nuevo la decisión sobre  la tarifa de transporte urbano al Poder Ejecutivo, que es quien  tiene por sí mismo la  facultad de  concesionar el servicio y de revisar  todos aquellos factores  inherentes a la calidad del mismo.

Tras exponer que desde el 5 de marzo de 2002, fecha en que se creó la Ley 149 de Transporte para el Estado de Sonora y se pasó con ello la obligatoriedad de autorizar las tarifas de dicho servicio al Poder Legislativo, la discusión de este  tema se  ha dificultado pues esta  facultad  no  se pasó al Congreso de manera completa.

Con dicha Ley, explicó, se otorgó esta responsabilidad a los diputados, pero  supeditada a un estudio técnico que debe hacer la instancia adecuada para ello que es la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, SIDUR, y en tanto
                                            
                                                no se cuente con dicho análisis es imposible emitir un dictamen sobre el particular.

De manera tal que cada vez que se solicita por parte de los concesionarios un incremento a la tarifa el Poder Legislativo debe esperar dicho resultado, indicó el legislador.

“Por eso estamos  pidiendo que sea la propia SIDUR, de quien ya depende este servicio, la facultada para establecer y revisar las tarifas de las diversas modalidades del servicio público de Transporte en el Estado, ya que dicha dependencia de la administración pública estatal cuenta con la capacidad técnica para desarrollar los estudios técnicos respectivos que la Ley actual señala”, argumentó.

“Hemos visto que en la práctica ha resultado contraproducente, no ha habido modificaciones sustanciales de tarifas desde 2002 y donde trabajó el sistema SUBA, en Navojoa, Obregón y Hermosillo, desde 2006, y ahorita la Comisión de Transporte no ha podido emitir un dictamen al respecto, porque estamos obligados a esperar un estudio técnico que nos dirá si sí o no, así que prácticamente lo único que hacemos (en el Congreso) es votar”, dijo.

El diputado Félix Chávez reconoció “que el Poder Legislativo es un órgano político donde naturalmente el tema corre el riesgo de politizarse; en el resto en el País, es la autoridad administrativa la que autoriza las tarifas”.

En
                                            
entrevista posterior aclaró que con esta propuesta no se está eludiendo la responsabilidad, “pero si al final del día la Ley nos obliga a esperar un estudio técnico que, por ejemplo en este caso no ha llegado, lo más lógico es que todo el  tema se dirima en el Ejecutivo que es el que nos manda decir con ese estudio: tienes que subirle, tienes que modificar la tarifa, o no requiere  modificación”.

Con la  iniciativa, dijo, se reformarían varias  fracciones de la citada Ley 149 y los artículos 88 y 90, para quedar como sigue:

Artículo 88.- El Ejecutivo del Estado, por conducto de la Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano, autorizará las tarifas que correspondan al servicio público de transporte, debiendo establecer tarifas especiales para estudiantes, personas con discapacidad y de la tercera edad que utilicen el servicio público de transporte público en zonas urbanas y suburbanas, mismas que se aplicarán siempre que se identifiquen con la credencial correspondiente, expedida por la institución educativa o pública competente.

Artículo 90.- La Secretaría de Infraestructura y Desarrollo Urbano revisará las tarifas del servicio público de transporte, cada vez que varíen sustancialmente las condiciones socioeconómicas que le dieron origen, debiendo observarse para ese efecto, lo dispuesto en el artículo anterior”.